Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Art. 66 - Los sujetos obligados deberán publicar en el portal de internet referido la información siguiente:

AÑO 2021

Fracc lll-A Funciones de cada Área

Fracc IV Indicadores que deban establecer con el tema de Interés público

Fracc V - Indicadores de resultados

Fracc. XXIV - Resultados de dictaminación de los estados financieros , información relativa a la deuda pública

Fracc. XXX - Avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estados financieros

Fracc. XXXIX A - Evaluaciones y encuestas que hagan sujetos a programas financieros con recursos públicos

Fracc. XXXIX B - Encuestas sobre programas financiados con recurso público

Fracc. XLII B - Responsables de recibir, administrar y ejercer los ingresos

Fracc. XLIII B -Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie

Fracc. XLIV - Catálogo de disposición y guía de archivo documental

Fracc. XLVI - Listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones

Fracc. XLVII - Cualquier otra información de utilidad

Artículo 67. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo del Estado y los municipios, deberán poner a disposición del público de manera actualizada la información siguiente:

Fracc. II - Presupuesto de egresos.

Fracc. VII - Disposiciones administrativas que emitan.